Políticas Criminales, Derecho Penal y Seguridad Pública


Relación entre las Políticas Criminales, el Derecho Penal 
y la Seguridad Pública


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La Política Criminal es una ciencia que se ocupa de la política de reforma del derecho penal y la ejecución de la lucha contra la delincuencia mediante el derecho penal, es decir, es una ciencia valorativa (axiológica), ya que opina, cuestiona y critica, lo que el Derecho Penal expone; y es diacrónica, debido a que estudia el pasado y proyecta la reforma para el futuro.

Asimismo, la “…Política Criminal: Es aquella parte de las Ciencias Penales que determina estatalmente cuales son las conductas sociales que deben ser criminalizadas, la pena (o medida de seguridad) que se debe aplicar (sanción penal o civil o administrativa), determina la implementación de programas o proyectos en conjunto con la sociedad, con la finalidad de prevenir la delincuencia (aumentando el nivel y cobertura educativa, acceso a la salud, disminuir el desempleo, etc.) determina las medidas para resocializar al delincuente e integrarlo a la sociedad, y norma la configuración del sistema penal.” (Scribd, sf, p.19).

A pesar de que durante muchos años se intentó una separación entre las Políticas Criminales y el Derecho Penal, por medio de elementos del pensamiento jurídico-penal, positivista, dogmático  y pragmático; no se logró disolver esa intrínseca relación entre ambos. Esto debido a que, por un lado, las Políticas Criminales son “…el conjunto de métodos utilizables como respuesta al fenómeno criminal en un marco de legalidad democrático.” (Acevedo, 2004, p.41).
Y por otro, el Derecho Penal “…es aquella parte del ordenamiento jurídico, reguladora del poder punitivo del Estado, que, para proteger valores e intereses con relevancia constitucional, define como delitos determinadas conductas a cuya verificación asocia con consecuencias jurídicas penas o medidas de seguridad.” (Carbonell, 1999, p.29 citado por Gullock, 2013, p.3).

Asimismo, tanto el Derecho Penal como las Políticas Criminales cumplen la función de resolver los conflictos  que surjan en la sociedad y hacer posible la convivencia social justa, interesándose solo en las actividades humanas en tanto sean relevantes para vida social, al mismo tiempo, tienen la finalidad de proteger de los bienes jurídicos de los ciudadanos, ya sean del particular (individual) o de la colectividad (colectivos).

La relación entre el Derecho Penal y las Políticas Criminales es de carácter bilateral y de retroalimentación en ambos sentidos. Esto quiere decir, que tanto el primero necesita de las segundas para aplicar sus medidas de seguridad y consecuencias jurídicas penas, derivadas de la comisión de un acto punible, como las segundas necesitan del primero para ser ejecutadas bajo los lineamientos constitucionales.

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Es decir, el Estado para la ejecución de las Políticas Criminales hace uso del Derecho Penal como medio o mecanismo para legitimar sus acciones en este campo y actuar a derecho, y a la vez, utiliza las Políticas Criminales como herramientas para mantener el control social impuesto mediante el Derecho Penal. Por tal razón, se puede argumentar que la relación entre las Políticas Criminales y el Derecho Penal se deriva de la teoría de la obtención del Derecho.

“Por ello una administración de justicia orientada a un pragmatismo político-criminal, si quiere superar el nivel de una «justicia del juez» (Kadi-Justiz), tampoco puede renunciar a un control mediante un sistema desarrollado o a desarrollar por la ciencia jurídica. Quod erat demostratum.” (Shünemann, 1999, p.695).
 En conclusión, se puede afirmar que la relación entre ambas disciplinas va más allá de la complementariedad, ya que sin la intervención de una la otra estaría incompleta o no se podría aplicar correctamente como lo demuestran los incontables intentos fallidos por desvincularlas.
Por consiguiente, la política criminal es una parte fundamental del Derecho Penal que conoce de la  crítica y reforma del Sistema Penal y que debe actuar siempre dentro de los parámetros del Derecho Penal y la propugna de sus soluciones deben estar en él.
Referencias
Acevedo, M. M. (2004). Universidad de Costa Rica: Revista de Ciencias Jurídicas.
La Política Criminal Contemporánea y la Práctica Penitenciaria Costarricense. Obtenido de http://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/13365/12632

Gullock, V. R. (2013). Derecho Penal: Parte General. San José, Costa Rica:
EUNED.
Scribd. (sf). Fundamentos teóricos de la Política Criminal. Recuperado de
https://es.scribd.com/doc/38659765/Politica-Criminal

Shünemann, B. (1991). Sección Doctrinal. La Política Criminal y el Sistema de

Derecho Penal. Obtenido de http://campusvirtual.uned.ac.cr/lms/pluginfile.php/137256/mod_resource/content/2/Dialnet-LaPoliticaCriminalYElSistemaDeDerechoPenal-46401.pdf

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