Política Criminal y su fortalecimiento
Fortalecimiento
de las Políticas Criminales
El fortalecimiento de las Políticas Criminales es
producto de un largo y basto proceso, que durante muchos años, logró configurar
la Política Criminal existente en la actualidad, la cual aún sigue evolucionando. Es decir, la Política Criminal, no es una disciplina estática, si no que
se renueva conforme las circunstancias y los tiempos lo requieran, con la
finalidad de tutelar las garantías y los derechos de los indiciados y
procesados.
“…aunque esta disciplina
pretende aportar un conjunto de conocimientos que, de forma racional, intentan
mejorar la legislación penal y utilizar otros mecanismos para hacer frente a
determinados comportamientos socialmente indeseables (delitos), no se puede
olvidar su carácter histórico, coyuntural, impregnado de componentes ideológicos
y políticos, incluso de índole utilitario.” (Borja, 2011, p.22).
Fuente: https://www.youtube.com/watch?v=rd2sotlJi8A&t=2705s
Acontecimientos como la evolución de la legislación
penal, la Ilustración y la Codificación (nacimiento del Estado Liberal de
Derecho), el Intervencionismo y Derecho Penal (Estado
Social de Derecho), las Garantías Individuales (Estado Democrático de Derecho),
y la concepción político-criminal de la Constitución Española favoreció dicho
proceso.
Con el nacimiento del Estado Moderno, a inicios del
Siglo XIX, dio paso a diversos cambios políticos de gran envergadura que
repercutía directamente en la convivencia social, reflejándose en una
específica concepción político-criminal, que propició un perfeccionamiento de
la legislación penal; y por ende, criminal.
En 1820 Fernando VII es obligado mediante el
Pronunciamiento de Riesgo, a restaurar el sistema constitucional plasmado en el
Texto Fundamental de 1812. Este movimiento estaba notablemente influenciado por
la Revolución Francesa. Asimismo, la influencia ideológica de ilustrados como
Montesquieu y Beccaria, en el Código Penal de 1822, y la inclusión en éste, de
las garantías de ciudadano frente al poder punitivo del Estado como el
principio de Legalidad y de Culpabilidad.
Otro hecho relevante en el fortalecimiento de las
Políticas Criminales fue la incorporación de la ideología del Estado Liberal de
Derecho (Ilustración y Codificación) a éstas. En este proceso histórico, se
realiza una progresiva humanización en el tratamiento del indiciado, del sospechoso
y del sentenciado; así los individuos pasaron de ser considerados súbditos a adquirir
la categoría de ciudadanos.
En
esta época de la histórica, aparecieron los primeros códigos penales como el Napoleónico
en 1810 (Código penal francés) y el de
Feuerbach en 1813 (Código penal de Baviera), en los cuales primaba el individuo
frente al Estado.
“…elemento
propio de la legislación penal liberal, es la fuerte protección del patrimonio,
sancionado duramente los hechos punibles que lo atacan. Evidentemente, es una
consecuencia coherente con el planeamiento burgués de la época de otorgar gran
relevancia a la propiedad privada y a la economía de mercado.” (Borja, 2011,
p.48).
Ante
la crisis de las democracias liberales en Europa, nace el Estado
Intervencionista, el cual se concibió como un Estado social, cuyo interés
primaba en la conquista de las condiciones mínimas de subsistencia moral,
cultural y material de cada ciudadano para que sus libertades y derechos fueran
más efectivos y reales; constituyéndose, en un auténtico agente que coadyuva
con eficacia en el desarrollo de la sociedad.
En
cuanto a las consecuencias político-criminales propias del Intervencionismo,
estás se relacionan con el surgimiento e incorporación de los delitos de
omisión y de comisión por omisión al Código Penal, aumentando con ello, la
tipicidad de los delitos de omisión pura. Aunado a esto, se le otorgó una
función político-criminal a la pena: la prevención del delito.
Con
el surgimiento de las nuevas democracias occidentales como protectoras de las
garantías individuales y como un sistema político enfrentado a las formas de
gobierno autoritarias y sin caer en los errores del liberalismo, provocó que el
Estado Democrático buscara una ampliación en la vigencia real del respeto al
pluralismo político y a los derechos humanos, poniendo énfasis en la dignidad
humana como soporte para éstos.
Al
implementarse el Estado Democrático de Derecho se incluyeron nuevos componentes
político-criminales en el Código Penal y en Derecho Penal, como lo es la
antijuricidad formal, la antijuricidad material, la proporcionalidad de la pena
y la igualdad. Este último principio es fundamental para las democracias, por
que alude a que toda persona es igual ante la ley, ya sea ante las leyes de
convivencia o ante la ley penal.
Uno
de los eventos históricos que marcó un hito en la forma de concebir las políticas
criminales y que potenció su evolución, fue la institución de la Constitución
Política de España en la que se garantizan una serie de principios como la
irretroactividad de la ley, la legalidad, la responsabilidad, la intervención
mínima, la dignidad humana, la inviolabilidad de los derechos y libertades
personales; así como también un sin número de aspectos normativos como el
respeto a la ley, la convivencia pacífica y la jerarquía normativa.
Otro
aspecto que impulsó el fortalecimiento de las Políticas Criminales es, la forma de gobierno, ya que
cada Estado contemplaba de diferente modo el tratamiento del problema de la
criminalidad en el ámbito personal, espacial y temporal, en el que se
desenvuelve su actividad de gestión de los asuntos públicos; por lo cual, se
puede decir que el fenómeno del crimen se aprecia de distinta manera en los
Estados democráticos que en los totalitarios o viceversa.
Por un lado la Política Criminal del Estado totalitario
es clara, tiene como misión suprimir hasta el último rastro del crimen, sin
tener miramientos relativos a las garantías y a los derechos individuales, ya
que constituirían un impedimento para la labor de limpieza del entorno
indeseado de la sociedad. Y por otro lado, la Política Criminal del Estado
democrático se orienta a disminuir hasta niveles tolerables las cifras del
fenómeno criminal, pero no pretende borrar todo vestigio de la presencia del
crimen.
“La
política criminal está presente en los diversos sectores de la criminalidad con
una faz distinta según sea el cariz ideológico, coyuntural, o incluso
utilitarista, del movimiento social que influya o pretenda influir en los
gobernantes.” (Borja, 2011, p.25).
Entre
las reformas estatales están las llevadas a cabo en 1975-1978, durante el
franquismo donde se traspasó del plano religioso al político, cuando se
llevaron los valores conservadores del catolicismo a la política, considerando
la prostitución como una conducta delictiva y altamente inmoral. Asimismo, los
cambios políticos y la reforma penal, contribuyeron a transformar la propia
actitud de los gobernantes ante un hecho delictivo, cuya sola presencia se
enfrenta a intereses públicos, convivencia política y/o a razones de utilidad
determinados.
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Otro
hecho que fortaleció las Políticas Criminales, fueron los movimientos sociales
de gran trascendencia como el movimiento feminista que constituyó un factor
importante en la reforma de ciertos sectores de la criminalidad en materia de
violencia de género, de aborto y delitos contra la libertad sexual.
Otro
aspecto relevante que contribuyó a la evolución de las Políticas Criminales, se
da en 1995 con el surgimiento del Código Penal, en el cual se establecía los
alcances del Derecho Penal; esto debido a la íntima vinculación de la Dogmática
jurídico-penal con las políticas criminales. De modo que al consolidarse el
Derecho Penal, también se consolidaba la
Política Criminal.
Bibliografía
Borja, J. E. (2011). Manuales: Curso de Política
Criminal. 2º edición. Valencia.
Obtenido desde http://campusvirtual.uned.ac.cr/Ims/pluginfile.php/137222/mod_resource/content/1/Lectura%20Pol%C3%ADtica%20criminal.pdf

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