Política Criminal y su fortalecimiento


Fortalecimiento de las Políticas Criminales
El fortalecimiento de las Políticas Criminales es producto de un largo y basto proceso, que durante muchos años, logró configurar la Política Criminal existente en la actualidad, la cual aún sigue  evolucionando. Es decir, la Política Criminal, no es una disciplina estática, si no que se renueva conforme las circunstancias y los tiempos lo requieran, con la finalidad de tutelar las garantías y los derechos de los indiciados y procesados.
“…aunque esta disciplina pretende aportar un conjunto de conocimientos que, de forma racional, intentan mejorar la legislación penal y utilizar otros mecanismos para hacer frente a determinados comportamientos socialmente indeseables (delitos), no se puede olvidar su carácter histórico, coyuntural, impregnado de componentes ideológicos y políticos, incluso de índole utilitario.” (Borja, 2011, p.22).
Fuente: https://www.youtube.com/watch?v=rd2sotlJi8A&t=2705s
Acontecimientos como la evolución de la legislación penal, la Ilustración y la Codificación (nacimiento del Estado Liberal de Derecho), el Intervencionismo y Derecho Penal (Estado Social de Derecho), las Garantías Individuales (Estado Democrático de Derecho), y la concepción político-criminal de la Constitución Española favoreció dicho proceso.
Con el nacimiento del Estado Moderno, a inicios del Siglo XIX, dio paso a diversos cambios políticos de gran envergadura que repercutía directamente en la convivencia social, reflejándose en una específica concepción político-criminal, que propició un perfeccionamiento de la legislación penal; y por ende, criminal.
En 1820 Fernando VII es obligado mediante el Pronunciamiento de Riesgo, a restaurar el sistema constitucional plasmado en el Texto Fundamental de 1812. Este movimiento estaba notablemente influenciado por la Revolución Francesa. Asimismo, la influencia ideológica de ilustrados como Montesquieu y Beccaria, en el Código Penal de 1822, y la inclusión en éste, de las garantías de ciudadano frente al poder punitivo del Estado como el principio de Legalidad y de Culpabilidad.
Otro hecho relevante en el fortalecimiento de las Políticas Criminales fue la incorporación de la ideología del Estado Liberal de Derecho (Ilustración y Codificación) a éstas. En este proceso histórico, se realiza una progresiva humanización en el tratamiento del indiciado, del sospechoso y del sentenciado; así los individuos pasaron de ser considerados súbditos a adquirir la categoría de ciudadanos.
En esta época de la histórica, aparecieron los primeros códigos penales como el Napoleónico en 1810 (Código penal francés)  y el de Feuerbach en 1813 (Código penal de Baviera), en los cuales primaba el individuo frente al Estado.
“…elemento propio de la legislación penal liberal, es la fuerte protección del patrimonio, sancionado duramente los hechos punibles que lo atacan. Evidentemente, es una consecuencia coherente con el planeamiento burgués de la época de otorgar gran relevancia a la propiedad privada y a la economía de mercado.” (Borja, 2011, p.48).
Ante la crisis de las democracias liberales en Europa, nace el Estado Intervencionista, el cual se concibió como un Estado social, cuyo interés primaba en la conquista de las condiciones mínimas de subsistencia moral, cultural y material de cada ciudadano para que sus libertades y derechos fueran más efectivos y reales; constituyéndose, en un auténtico agente que coadyuva con eficacia en el desarrollo de la sociedad.
En cuanto a las consecuencias político-criminales propias del Intervencionismo, estás se relacionan con el surgimiento e incorporación de los delitos de omisión y de comisión por omisión al Código Penal, aumentando con ello, la tipicidad de los delitos de omisión pura. Aunado a esto, se le otorgó una función político-criminal a la pena: la prevención del delito.
Con el surgimiento de las nuevas democracias occidentales como protectoras de las garantías individuales y como un sistema político enfrentado a las formas de gobierno autoritarias y sin caer en los errores del liberalismo, provocó que el Estado Democrático buscara una ampliación en la vigencia real del respeto al pluralismo político y a los derechos humanos, poniendo énfasis en la dignidad humana como soporte para éstos.
Al implementarse el Estado Democrático de Derecho se incluyeron nuevos componentes político-criminales en el Código Penal y en Derecho Penal, como lo es la antijuricidad formal, la antijuricidad material, la proporcionalidad de la pena y la igualdad. Este último principio es fundamental para las democracias, por que alude a que toda persona es igual ante la ley, ya sea ante las leyes de convivencia o ante la ley penal.
Uno de los eventos históricos que marcó un hito en la forma de concebir las políticas criminales y que potenció su evolución, fue la institución de la Constitución Política de España en la que se garantizan una serie de principios como la irretroactividad de la ley, la legalidad, la responsabilidad, la intervención mínima, la dignidad humana, la inviolabilidad de los derechos y libertades personales; así como también un sin número de aspectos normativos como el respeto a la ley, la convivencia pacífica y la jerarquía normativa.
Otro aspecto que impulsó el fortalecimiento de las Políticas Criminales es, la forma de gobierno, ya que cada Estado contemplaba de diferente modo el tratamiento del problema de la criminalidad en el ámbito personal, espacial y temporal, en el que se desenvuelve su actividad de gestión de los asuntos públicos; por lo cual, se puede decir que el fenómeno del crimen se aprecia de distinta manera en los Estados democráticos que en los totalitarios o viceversa.
Por un lado la Política Criminal del Estado totalitario es clara, tiene como misión suprimir hasta el último rastro del crimen, sin tener miramientos relativos a las garantías y a los derechos individuales, ya que constituirían un impedimento para la labor de limpieza del entorno indeseado de la sociedad. Y por otro lado, la Política Criminal del Estado democrático se orienta a disminuir hasta niveles tolerables las cifras del fenómeno criminal, pero no pretende borrar todo vestigio de la presencia del crimen.
“La política criminal está presente en los diversos sectores de la criminalidad con una faz distinta según sea el cariz ideológico, coyuntural, o incluso utilitarista, del movimiento social que influya o pretenda influir en los gobernantes.” (Borja, 2011, p.25).
Entre las reformas estatales están las llevadas a cabo en 1975-1978, durante el franquismo donde se traspasó del plano religioso al político, cuando se llevaron los valores conservadores del catolicismo a la política, considerando la prostitución como una conducta delictiva y altamente inmoral. Asimismo, los cambios políticos y la reforma penal, contribuyeron a transformar la propia actitud de los gobernantes ante un hecho delictivo, cuya sola presencia se enfrenta a intereses públicos, convivencia política y/o a razones de utilidad determinados.
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Otro hecho que fortaleció las Políticas Criminales, fueron los movimientos sociales de gran trascendencia como el movimiento feminista que constituyó un factor importante en la reforma de ciertos sectores de la criminalidad en materia de violencia de género, de aborto y delitos contra la libertad sexual.
Otro aspecto relevante que contribuyó a la evolución de las Políticas Criminales, se da en 1995 con el surgimiento del Código Penal, en el cual se establecía los alcances del Derecho Penal; esto debido a la íntima vinculación de la Dogmática jurídico-penal con las políticas criminales. De modo que al consolidarse el Derecho Penal, también se consolidaba la  Política Criminal.

Bibliografía
Borja, J. E. (2011). Manuales: Curso de Política Criminal. 2º edición. Valencia.
Obtenido desde http://campusvirtual.uned.ac.cr/Ims/pluginfile.php/137222/mod_resource/content/1/Lectura%20Pol%C3%ADtica%20criminal.pdf


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